PROGRAMACIÓN CULTURAL EN LA RED EXTERIOR
Una vez una propuesta ha sido seleccionada para entrar en el Catálogo, existen estas vías de programación en AECID:
- Actuación/es programada/s por Embajadas o Centros Culturales de España. Cualquier Unidad de la Red Exterior puede contactar a los artistas, grupos o compañías de Catálogo para programarlos dentro de su agenda anual de actividades culturales.
- Actuaciones coordinadas desde Sede Central. Sede Central estudia las propuestas que han sido solicitadas por al menos tres unidades de la misma zona geográfica, y coordinará las que sean aprobadas por el Departamento de Cooperación y Promoción Cultural. La AECID apoyará económicamente el desarrollo de la propuesta, pero no se hará cargo del coste total de la misma.
Es importante aclarar que la inclusión en el Catálogo no implica necesariamente que la propuesta se programe en la Red Exterior. Las Embajadas y Centros Culturales realizan anualmente un diagnóstico previo y exhaustivo del panorama cultural del país y en base a ello, realizan su programación.
CONDICIONES DE ACTUACIONES COORDINADAS POR SEDE CENTRAL
Los artistas, grupos o compañías que presenten una propuesta deberán aceptar las condiciones que establece AECID.
Sede Central solicitará un presupuesto al artista o compañía de los gastos totales de la producción: caché, vuelos, y otros gastos indirectos. El caché que se establece en la ficha artística, es de caracter informativo para los programadores. La AECID hará una valoración en su conjunto: caché, número de países, equipo artístico y condiciones técnicas. En base a ese presupuesto global determinará el apoyo económico que se concederá al grupo o compañía.
El artista, grupo o compañía se hace cargo de billetes, visados, seguros médicos y vacunas, así como de cumplir con todos los requisitos de entrada necesarios para ingresar en los países a los que viajen.
El artista, grupo o compañía es responsable de estar al día de los Derechos de Autor que, en su caso, deba de abonar a las diferentes entidades de gestión, eximiendo a la AECID de las posibles consecuencias derivadas del uso del material que no respete la propiedad intelectual.
Para que AECID pueda efectuar los pagos se presentará una factura proforma antes de realizar la actuación para reservar el crédito. Al finalizar la actuación/es, se presentará una factura electrónica para percibir la remuneración pactada.
La factura se pagará una vez concluida la actuación en los plazos legales establecidos, lo que implica que los artistas, grupos o compañías deberán sacarse sus billetes y adelantar el pago de los mismos. Asimismo, se deberán hacer cargo de la manutención de sus artistas durante los días de la actuación y de los costes de traslado del material de producción.